La Ontología Jurídica Vista Desde las Perspectivas Brindadas por los Conceptos de Interés, Razón y Derecho: Una Relación de Precedencia y Explicación Consecuente
DOI:
https://doi.org/10.70747/cr.v5i1.932Palabras clave:
interés, razón, derecho, iusnaturalismo, iuspositivismo, paradigmas críticos del derechoResumen
La historia más temprana del ser humano da cuenta de su constante afán por satisfacer necesidades primarias y secundarias. Las primeras corresponden a lo básico para su existencia: alimentación, abrigo y reproducción, mientras que las segundas trascienden hacia aspectos necesarios para su bienestar, como la regulación de las relaciones con sus pares. En una etapa posterior, el ser humano busca además el control de los medios de comunicación y de las formas de educación, configurando así los conceptos de interés, razón y derecho. En dicho contexto, este artículo pretende explicar la relación directa o indirecta entre estas etapas/conceptos y las principales teorías del derecho: el iusnaturalismo, el positivismo jurídico y las escuelas de los paradigmas críticos. Para ello adopta un enfoque metodológico de carácter histórico-sociológico, sustentado en una lectura basada en teorías evolucionistas de la creación, en contraste con posturas creacionistas. Se privilegia una interpretación fundamentada en acontecimientos terrenales y culturales, excluyendo explicaciones de tipo trascendente o sobrenatural. El análisis permite reconocer y afianzar las tesis que conciben el derecho como un mecanismo de interrelación social. Asimismo, posibilita resignificar las teorías jurídicas mencionadas al interpretarlas desde los conceptos de interés, razón y derecho, dentro de un marco histórico-sociológico
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